En el marco del caso Kiczka, Mauricio D’Alessandro, reconocido abogado, expresó su repudio hacia Pedro Puerta, líder de Activar, en una entrevista con María Laura Santillán en LN+. En dicha ocasión, D’Alessandro afirmó que Puerta debería estar preso, señalando que sus declaraciones en el programa “La Extraordinaria” de Radio Social Club implicaban el uso de sustancias para alterar la voluntad de terceros con fines sexuales, lo cual constituye un delito grave.

Este antecedente cobra relevancia en el marco del juicio contra los hermanos Germán y Sebastián Kiczka, acusados de tenencia, distribución y facilitación de Material de Abuso Sexual Infantil (MASI). La fiscalía ha decidido citar a Pedro Puerta como testigo debido a su estrecha relación con los acusados, lo que podría aportar información clave para el avance de la causa.
En la segunda jornada del juicio, culminada recientemente, se resolvió incorporar la declaración de la presunta víctima de abuso y citar a declarar a Puerta. Según los fiscales Martín Rau y Vladimir Glinka, cada testimonio es una pieza fundamental en el rompecabezas que conforma esta investigación.
Rau destacó la importancia de las declaraciones testimoniales y anticipó que en la próxima jornada, estipulada para el jueves 3 de abril, personal de la Policía brindará detalles sobre la detención de los hermanos y otros procedimientos relacionados con el caso.
Por su parte, Glinka confirmó que Puerta ya fue notificado sobre su citación y deberá decidir si comparecerá de manera presencial o mediante un escrito. Este testimonio podría arrojar luz sobre las conexiones entre el magnate yerbatero y los acusados, así como sobre los hechos denunciados.
En cuanto a los acusados, Sebastián Kiczka reconoció el material encontrado en los dispositivos incautados a través de una carta, mientras que Germán Kiczka declaró sentirse diputado aún, pero ambos se negaron a responder preguntas de las partes.

El caso ha generado un escándalo nacional, con amplia cobertura mediática y un fuerte rechazo por parte de la sociedad. Las declaraciones de D’Alessandro y la citación de Puerta como testigo añaden un nuevo capítulo a esta compleja trama judicial.
La expectativa crece en torno a las próximas jornadas del juicio, donde se espera que las declaraciones de los testigos y las pruebas presentadas permitan avanzar hacia un alegato conclusivo que esclarezca los hechos y determine responsabilidades.
¿Qué dice el Código Penal al respecto?
La conducta que manifiesta Pedro Puerta en el programa se encuadra en el delito “abuso sexual agravado por el uso de estupefacientes” tipificado en el artículo 119 del Código Penal que establece: será reprimido con reclusión o prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años el que abusare sexualmente de una persona cuando ésta fuera menor de trece (13) años o cuando mediare violencia, amenaza, abuso coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, de autoridad, o de poder, o aprovechándose de que la víctima por cualquier causa no haya podido consentir libremente la acción.
Se suma el agravante del Artículo 13 de la Ley 23.737: “Si se usaren estupefacientes para facilitar o ejecutar otro delito, la pena prevista para el mismo se incrementará en un tercio del mínimo y del máximo, no pudiendo exceder del máximo legal de la especie de pena de que se trate.”
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