25 noviembre, 2024

La Justicia declaró la inconstitucionalidad del DNU que habilitó el tarifazo de las prepagas

El decreto autorizaba a las empresas de medicina prepaga a aumentar sus cuotas sin ningún tope, lo que elevó notablemente su costo.

La Cámara Federal de apelaciones de Paraná declaro este viernes la inconstitucionalidad de los arts. 267 y 269 del Decreto 70/2023 que desregulaba los aumentos de las prepagas, por lo que dejó sin efecto la suba de tarifas que fijó OSDE desde enero de 2024.

En base a ello, Manuel Luaces, Magister en Justicia Constitucional por la Universidad de Bolonia aseguró: “Con esta declaración de inconstitucionalidad del decreto, la Superintendencia de Servicios de Salud recobra su legitimidad para autorizar el aumento de las cuotas cuando el mismo esté fundado en variaciones de la estructura de costos y razonable cálculo actuarial de riesgos”.

A su vez, amplió: “Además podrán establecer precios diferenciales para los planes prestacionales, al momento de su contratación según franjas etarias con una variación máxima de tres (3) veces entre el precio de la primera y la última franja etaria.”

Por último, sostuvo que “es una buena noticia para los usuarios de prepagas y es un golpe para la pretensión del gobierno nacional de desregular el mercado de medicina prepaga a través de un decreto”.

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