Se trata de Sixto Zalazar (68), que hace poco más de tres años y medio, alcoholizado y excedido de velocidad, atropelló y mató a Natalia Soledad Aquino (18) y a su sobrina, Zoe Ailén (5). La fiscal Álvarez solicitó se lo declare en rebeldía.
Sixto Zalazar (68), el jubilado correntino que hace poco más de tres años y medio atropelló y mató a Natalia Soledad Aquino (18) y a su sobrina Zoe Ailén (5) en la ciudad de Apóstoles, presentó un certificado médico aduciendo estar bajo tratamiento por un cuadro de «angustia, tristeza y trastornos inducidos por el consumo de bebidas alcohólicas», y logró la suspensión del juicio oral por doble homicidio culposo agravado que hoy lo iba a sentar en el banquillo de los acusados.
La presentación fue esta mañana -minutos antes de la hora pautada para dar inicio al debate- por medio de su abogado defensor. El documento lleva la firma del especialista en psiquiatría y psicología médica de Corrientes, Dr. Ramón Darío Aranda, con fecha 4 de junio de 2021.
En consecuencia la fiscal Correccional y de Menores Uno de Posadas, María Laura Álvarez, solicitó que se lo declare en rebeldía teniendo en cuenta que el certificado no expresa la imposibilidad de comparecencia, sino que únicamente da cuenta de un supuesto estado emocional por el cual estaría bajo tratamiento.
Ya en noviembre del año pasado una Junta Médica del Poder Judicial de Misiones analizó el estado de salud físico y mental del acusado en base a los documentos y certificados que éste había presentado y determinó finalmente que «se encuentra en condiciones de afrontar la audiencia de debate oral y público».
Será el juez del mismo fuero, Cesar Raúl Jiménez, como titular del tribunal unipersonal, quien decida si hace lugar a la solicitud fiscal y ordena la detención del jubilado hasta tanto se defina una nueva fecha para el debate o si mantiene la libertad del mismo, que logró haciendo frente a una caución de $300 mil después de pasar alrededor de un mes encarcelado posterior al trágico hecho vial.
Zalazar está imputado por doble homicidio culposo agravado en accidente de tránsito en función de que la noche en que provocó las muertes no se detuvo a auxiliar a las víctimas, sino que continuó la marcha fugándose hacia la vecina provincia donde fue detenido casi 12 horas después, en su casa del barrio 325 Viviendas de la localidad de Gobernador Virasoro.
Se confirmó además que al momento del atropellamiento estaba alcoholizado (1,10 g/l alcohol en sangre) y manejaba excedido de velocidad (casi 70 kilómetros por hora cuando la zona permite una máxima de 40), en forma zigzagueante. Podría recibir hasta 6 años de prisión de cumplimiento efectivo.
El Territorio
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