El legislador Miguel Nuñez quedó envuelto en una polémica luego de que el Juez
Federal Ariel Lijo desestime por “infundada” una presentación realizada por el
dirigente del PRO, con el patrocinio del abogado Fernando Acosta. Según la Justicia
Federal, la denuncia no aportaba ninguna prueba y por tal motivo el magistrado
ordenó el archivo de las actuaciones. Se trata del segundo revés judicial del letrado de
las asociaciones rurales.
El pasado 2 de octubre, el Juez Federal Ariel Lijo que subroga interinamente el
juzgado de Canicoba Corral, desestimó una denuncia penal presentada por el
diputado del PRO Miguel Nuñez, por infundada.
Luego de argumentar la falta de consistencia, producto de la falta de pruebas, el
magistrado resolvió “Archivar la presente causa N°3235/24 por no poder proceder,
en los términos del Artículo 180 -in fine- del Código Procesal Penal de la Nación”.
El 13 de agosto, el diputado Nuñez se había presentado en Comodoro Py junto al
abogado Acosta, conocido en este último tiempo por impulsar numerosas denuncias
contra el Estado misionero.
La presentación de la denuncia fue acompañada de una fuerte acción de instalación
del tema desde las redes sociales y a través de algunos periodistas reconocidos por
hacer lobby regularmente a favor de los grandes jugadores del sector de campo.
El juez Lijo expresó en su resolución que “la puesta en marcha de una investigación
penal en un Estado de Derecho, demanda la existencia de una sospecha suficiente,
indicativa de la comisión de un delito determinado”. Lo cierto es que la ausencia de
este elemento sugiere lo que en doctrina se denomina “excursión de pesca”, con la
consecuente asignación de recursos que demandaría la realización de una búsqueda
sin pruebas ni hechos concretos para investigar.
La falta de pruebas conducentes en la denuncia impulsada por el diputado del PRO
llevó a que el Juzgado Criminal y Correccional 6 solicite al SENASA informes respecto
a la comercialización de un bioherbicida por parte de la empresa Agrosustentable.
Nuñez había solicitado una inspección a la empresa instalada en el Parque Industrial
de Posadas para realizar la verificación respectiva. Al respecto, el director de
Estrategia y Análisis de Riesgo del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad
Agroalimentaria, Esteban José Sampietro, fue contundente en su informe al concluir
que “en las inspecciones no se halló el producto denunciado”.
Frente a la falta de pruebas, el fiscal de la causa manifestó que “… si bien Nuñez
referenció la existencia de una serie de sucesos a analizar, lo cierto es que los
mismos no se encuentran apoyados en elementos objetivos, motivo por el cual la
generalidad en que se basa la denuncia determina la imposibilidad de impulsar la
investigación”.
La decisión del juez Lijo se apoyó en la postura del fiscal afirmando que “la ausencia
de precisiones que se plantea en el caso se presenta como un obstáculo a la hora de
circunscribir una plataforma fáctica que posibilite sugerir y ordenar medidas de
prueba con cierta probabilidad de éxito o encauzar el legajo respecto a una hipótesis
delictiva concreta, en contraposición con la búsqueda general y sin sustento que se
propiciaría con el impulso de la investigación en estas condiciones”.
Se agrega en el expediente, respecto a la falta de consistencia de la denuncia que “de
la misma manera, Nuñez sostuvo que aquel producto habría sido adquirido con
fondos del FET, es decir, con fondos recaudados por el Estado nacional, lo que
indicaría una compra efectuada desde el Ejecutivo local, aunque aquella información
surgiría de los dichos de una funcionaria del Ministerio del Agro y la Producción de
Misiones, de la que no se proporcionó dato alguno, es decir, la fuente de esa
afirmación tampoco se conoce, imposibilitándose la obtención de mayores
elementos que brinden sustento a lo denunciado”.
El magistrado porteño concluyó: “de este modo, se advirtió que una denuncia
igualmente genérica dio inicio al lega EX2024-75568723-APN-DGTYA#SENASA –
cuyo objeto se fijó en la presunta comercialización de un producto fitosanitario en
condiciones irregulares-, aunque los resultados de las medidas de prueba allí
desplegadas tampoco aportaron a la presente elementos que permitan concretizar
las hipótesis denunciadas y/o brindarles sustento”.
Acosta, el abogado de las denuncias sin pruebas
La resolución del juez Lijo, muy cercano al presidente Javier Milei, no es el primer
revés judicial que recibe el polémico letrado misionero Fernando Acosta. Días atrás,
había patrocinado a un grupo de productores que intentaron impulsar una medida
cautelar contra el Gobierno provincial por la Ley de Promoción de Bioinsumos.
Asesorados por Acosta, los productores apuntaron contra las autoridades
provinciales y contra el SENASA. El planteo de los representados por el
controvertido abogado apuntaba a la prórroga de la aplicación de la legislación que
establece la transición hacia el uso de productor orgánicos para abandonar por
completo el uso de glifosato en las chacras misioneras en el año 2029. Los
accionantes sostenían que era el SENASA quien debía ratificar este tipo de
regulaciones y que no corresponde a la legislación provincial.
Lo cierto es que la medida cautelar fue desestimada por el Juez Federal de Oberá
Alejandro Gallandat. En diálogo con la prensa, el magistrado informó que se trataba
de “una medida cautelar autónoma, en principio iniciada por varios productores”.
En la misma, los demandantes manifestaban que la ley que establece la
obligatoriedad del uso de bioinsumos significaba un atentado contra sus actividades
agropecuarias. Sin embargo, consideró que no existían razones suficientes para que
prospere la medida: “lo que buscaban era algo que en este momento no tiene
actualidad ni vigencia”.
El juez Gallandat argumentó que los jueces federales tienen que expedirse cuanto
hay un conflicto, cuando hay realmente una controversia. “En este caso, no había
conflicto y esa fue una de las razones por las cuales fue rechazado”.
El magistrado enfatizó en que las medidas cautelares autónomas funcionan para
situaciones de urgencia en las que “debe estar muy clara la verosimilitud del
derecho”. Esto quiere decir que los posibles agravios se tienen que comprobar para,
de esta manera, evitar un “perjuicio irreparable”.
De esta forma, el abogado misionero Fernando Acosta, quien además es profesor
universitario, queda en el centro de la polémica tras haber prestado su
asesoramiento técnico tanto al diputado del PRO Miguel Nuñez como al grupo de
productores, en demandas que no contaban con elementos probatorios y tampoco
se ajustaban a los presupuestos legales establecidos por la normativa vigente para
que puedan prosperar las causas.
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