Luego de la denuncia realizada por un consumidor, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología (ANMAT) prohibió la venta y comercialización de una marca miel de abejas, por considerar al producto como ilegal.
La información se difundió este lunes a través del Boletín Oficial, mediante la Disposición 4706/2021.
El reclamo se inició luego de la denuncia de un consumidor «ante el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) en relación a la comercialización del producto: ‘Miel Floral 100% Natural, marca Estancia Las Margaritas, Peso Neto 1000 grs, Vencimiento 10/2021, RNE: 04001370 – RNPA: 04013478, Ruta Nac. N° 8 Km. 614 Holmberg – Córdoba Argentina’, que no cumpliría con la normativa alimentaria vigente.
En el reclamo el consumidor indica que el producto mencionado podría estar adulterado, algo que se pudo confirmar.
La investigación destaca que «el producto se halla en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y los artículos 6 bis, 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA), por carecer de autorización de establecimiento y de producto, y estar falsamente rotulado al consignar un número de RNE y RNPA inexistentes, resultando ser un producto en consecuencia ilegal».
Y agrega que «por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284».
En consecuencia, la ANMAT dispuso: «Prohíbase la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto: ‘Miel Floral 100% Natural, marca Estancia Las Margaritas, RNE: 04001370 – RNPA: 04013478, Ruta Nac. N° 8 Km. 614 Holmberg – Córdoba Argentina’ por carecer de autorización de establecimiento y de producto, y estar falsamente rotulado al consignar un número de RNE y RNPA inexistentes, resultando ser un producto en consecuencia ilegal».
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